martes, 27 de septiembre de 2011

JURISDICCION Y SUPERVISION CONTABLE (I)

Ahora que se está poniendo de moda proponer medidas legislativas para reprender y sancionar los excesos de las administraciones, convendría recordar las ya existentes, y preguntarse hasta qué punto funcionan con eficacia.

El gasto y, en general, la actividad contable y presupuestaria de las administraciones está sujeta en primer lugar al control interno o supervisión de funcionarios específicos, clasificados en los distintos cuerpos de intervención.

En la administración local, sensiblemente afectada por los excesos aludidos, los interventores y secretarios interventores se denominaban antiguamente "claveros" por ser los depositarios de las llaves (del latín clávarius, según la RAE "persona que custodia las llaves", cléfs, o clés, en francés) de las cajas municipales, de forma que solamente podía disponerse de los fondos con su autorización e intervención.


De mi infancia en Salamanca recuerdo que estando en la entonces guardería de la Cruz Roja, junto a la plaza de Colón (cerca de donde se encuentra hoy la sede de los Juzgados) me negaba a salir al patio por miedo a que se nos cayera encima la Torre del Clavero, cuya sombra se cernia sobre nuestras infantiles cabezas.
Si los políticos españoles hubieran sentido un igual temor reverencial ante la presencia de sus claveros, otro gallo nos habría cantado.

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